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REFORMA LABORAL

La reciente reforma laboral tiene indudablemente puntos positivos, pero después de tanta polémica, tanta negociación y al final, tanto desacuerdo entre los dos sindicatos mayoritarios, no ha arreglado ni remotamente el problema principal: ¿ Cómo convertir los muchos contratos laborales precarios en contratos indefinidos?

Para ver por donde podía ir la solución, primero hay que analizar el problema de fondo. La situación actual es mala para todos, no solamente para los trabajadores - especialmente los jóvenes - y para la sociedad en general, sino también para las empresas. Que los contratos basura son malos para los trabajadores es tan obvio que no merece más comentario, pero el hecho de que un 30% de los jóvenes entre 20 y 30 años están en el paro y otro 40% solamente encuentran trabajo precario, con el resultado que el 70% de este grupo no pueda independizarse y emparejarse, ha sido (y sigue siendo) una de las principales razones del preocupante descenso de la tasa de natalidad. (Es verdad que la natalidad está aumentando últimamente, pero solamente porque las mujeres que la década pasada no tuvieron descendencia cuando tenían menos de 30 años, ahora están teniendo hijos con 10 años de retraso). Que los contratos basura también son malos para las empresas no parece tan obvio, no obstante no hay que olvidar que cualquier puesto de trabajo necesita una preparación especifica para que el trabajador pueda funcionar a pleno rendimiento, y el periodo de integración completa pueda variar, según el tipo de trabajo, entre un par de meses y un año entero. El resultado es que justamente cuando el trabajador empieza a ser rentable para le empresa su contrato a corto plazo termina y, uno de dos, o se le convierta en "fijo" o hay que darle de bajo y el proceso empieza de nuevo con otro trabajador en "precario", desde cero.

Pero si el sistema también es malo para los empresarios, ¿ por qué convertir contratos eventuales en fijos crea tanto resistencia entre ellos?. El quid de la cuestión es que los contratos fijos crean una posible obligación financiera a largo plazo sin que - ya que la obligación es indefinida (no se sabe si la empresa tendrá que despedir trabajadores alguna vez en el futura, ni cuantos, ni cuando) - se puedan hacer provisión de fondos, antes de impuestos, para tal fin. Para darse cuenta de las implicaciones voy a dar un ejemplo hipotético. Imagínense una empresa media de 1500 trabajadores, con una plantilla con una antigüedad media de 20 años y un sueldo medio de Ptas. 2.400.000/año. La empresa se dedica a la producción de herramientas de tecnología media y vende una decena de productos de los cuales uno solo representa el 40% de sus ventas y el 50% de sus beneficios. Repentinamente una empresa multinacional lanza al mercado un producto idéntico pero, gracias a su capacidad de investigación, ha logrado hacerlo más eficaz, más resistente y mucho más barato. Más barato hasta tal punto que el precio está muy por debajo del coste de producción del producto por parte de nuestra empresa. Ya ven que la empresa se ve inesperadamente metido en una auténtica lucha por la supervivencia. La venta de su producto estrella se hunde literalmente de la noche a la mañana y la empresa, para sobrevivir, tendrá que reinventarse. Como ha perdido el 40% de su producción tendrá en primera instancia replegarse al 60% restante, con la esperanza de poder aumentar las ventas- y por lo tanto la producción- de sus otros productos, o desarrollar otros productos para reemplazar su anterior producto "estrella". Hasta lograr estos objetivos,  no habrá más remedio entre tanto que despedir el 40% de la plantilla, ya que mantener estos trabajadores llevaría a la empresa en un plazo más o menos corto a una suspensión de pagos primero y la quiebra después con la perdida de empleo de toda la plantilla. Ahora bien, el despido del 40% de la plantilla tendrá el siguiente coste financiero: 600(trabajadores a despedir) x 20 (antigüedad media) x 1.5 (un mes y medio de indemnización/año) x Ptas. 200.000 (sueldo medio mensual), por un total de Ptas. 3600 millones,una cantidad igual al coste anual de la plantilla a pleno rendimiento. Como es lógico no hay dinero para hacer frente a esta eventualidad. No es de sorprender que con estas pesadillas empresariales en mente las compañías prefieren, con todas las molestias que implican, tener el máximo posible de trabajadores con contratos precarios.

Pero no son los empresarios los únicos que tienen estas pesadillas, también lo tienen políticos y sindicalistas. También ellos pueden perder parte de su producción, en su caso llamado "votos", "afiliación" etc. No es de sorprender - por mucho que claman siempre contra el empleo "basura" - que para la contratación de su personal de oficina se comportan exactamente igual que las empresas "capitalistas".

Hay una solución evidente que ya se debiera haber aplicada durante el franquismo o por lo menos hace 20 años por parte del PSOE, pero si no se hizo entonces, por lo menos se pudiera aplicar de ahora en adelante para todas las contrataciones indefinidas nuevas. Se trata simple y llanamente de crear por Ley Orgánica un "SEGURO OBLIGATORIO DE DESPIDO". Contrario al Seguro de Desempleo, este seguro debería de ser privado, a través de un consorcio de todas las compañías de seguros. Habría que hacer los oportunos estudios actuariales para fijar la prima anual a pagar por cada trabajador (expresada como porcentaje de la cuota de indemnización), pero podemos decir, grosso modo, que, como en el peor de los casos, los despidos en el ámbito nacional nunca serían superiores a un 20% del total, la prima anual nunca sería superior al 20% de los 33 días de indemnización actualmente vigentes para empleos fijos nuevos, o sea un máximo equivalente a 6,6 días/año de sueldo por trabajador. Creo que una vez hecho los cálculos, la prima sería probablemente inferior a 5 días/año. Cómo la nueva legislación establece una indemnización de 8 días/ año para empleos precarios, un seguro de despido para trabajadores fijos aseguraría que la contratación de fijos saldría hasta más barato que la contratación de eventuales.

La única duda sobre la aplicación de un seguro así sería si hubiera que incluir o no a las compañías muy grandes. Y digo esto porque conocemos muy bien la capacidad de manipulación de estas y su inclinación general a aprovecharse de cualquier oportunidad barata para ajustar sus plantillas, no para salvar sus empresas de la quiebra sino para aumentar todavía más sus beneficios. Por esta razón quizás fuese razonable  limitar el tipo de seguro propuesto a la empresa pequeña, media y media grande - que de todas formas ocupan más del 85% de la mano de obra y además crean proporcionalmente más empleo que las empresas muy grandes - y excluir a las grandes empresas que no tienen, ni tendrán, problemas para financiar sus despidos.

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ã 7/2001