CORRUPCIÓN Y CASTIGO
¿Se pretende de verdad que todos los parientes, amigos y conocidos de los altos cargos -¡y sus compañías! - sean automáticamente excluidos de los concursos públicos? Parece que nadie se da cuenta que este tipo de discriminación es tan ilegal y anticonstitucional como el "enchufismo". Seguro que los discriminados pagarían el oro y el moro a sus allegados para que dimitiesen cuanto antes de sus cargos y dejasen de fastidiarles la vida empresarial.
Para luchar contra la corrupción y los demás delitos de "cuello blanco", propongo reforzar el delito de "abuso de confianza". Este concepto cubriría todos los delitos económicos cometidos por altos cargos de las Administraciones Publicas, por Presidentes, altos ejecutivos, administradores etc. de la empresa privada, y por notarios, inspectores de Hacienda etc. Implicaría triplicar automáticamente todas las condenas por delitos de "cuello blanco", sin derecho ni al segundo grado ni al tercero, y sin remisión de pena por ningún concepto. Siempre me ha parecido chocante que al "chorizo", semi-analfabeto y de origen humilde y marginal, le puede caer, por un robo de 50.000 pesetas, una condena muy superior que a una persona de media o alta categoría económico/social (y hasta política) por un delito de mil millones. Chocante pero no sorprendente: a aquel le defiende un abogado de oficio inexperto y a éste unos abogados conocidísimos y carísimos, todos íntimos amigos (¡cuestión de clase!) de jueces y magistrados. O sea, puesto a robar hay que robar mucho, para que no te falten fondos para pagar las minutas de tus abogados (sí, todos estos abogados famosísimos cobran -si no de fondos reservados-si de ¡fondos robados!).Creo que cuando son imputados el juez tenia que congelar todos los fondos de estos sinvergüenzas y asignarles un abogado de oficio.
Ya que las consideraciones éticas parecen no tener ninguna validez para los criminales de "cuello blanco" (tonto el último!) hay que meterles el miedo en el cuerpo. Si en vez de arriesgarse a una condena de 5 años (unos 15 meses efectivos) les pudiera caer una de 20 años efectivos de primer grado, se lo pensarían mucho, muchísimo, antes de cometer sus delitos. La relación beneficio/castigo no saldría muy positiva.
El delito de abuso de confianza (social) también había que extenderlo a los abogados. Es sorprendente que en casi todos los casos de corrupción y de apropiación indebida (generalmente un eufemismo de estafa y robo) aparecen como imputados (e implicados hasta sus, sin duda, blanquísimos cuellos) los mismos abogados que ejercen la defensa. El trabajo de los abogados debe de consistir en la defensa de sus clientes, no en el de haberles ayudado previamente en el montaje de sus fechorías.
.Creo que en estos casos el Colegio de Abogados tendría que dejarse de ambigüedades e inhabilitar, temporalmente, de forma automática a cualquier abogado imputado en un caso de índole penal. No hay que olvidar, que en el sistema de instrucción judicial vigente no hay "presuntos inocentes" sino "presuntos culpables" (o por lo menos en el país de origen -Francia).
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Þ POLÉMICAÓ
6/2000